Tuesday, May 09, 2006

A cerca del Derecho Natural

canción: "Every Snowflake" de Nancy Wilson
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¿Existe verdaderamente el Derecho Natural? Esta pregunta, o mejor dicho, su respuesta, supone una verdadera piedra angular del Derecho, y por ende, de todo el ordenamiento jurídico, los principios y valores en los que se funda y la forma, o el modo de relacionarnos entre los que formamos la raza humana.

La clasificación, el "etiquetaje" de las distintas corrientes de pensamiento siempre reduce y simplifica un poco las cosas, perdiendo así una riqueza de matices considerables. Pero son necesarias a la hora de exponer un razonamiento para la demostración o el alcance de algún resultado lógico. Y es que aunque "caiga de cajón", la respuesta de si existe, o no, el Derecho Natural solo admite dos posibilidades: o sí, o no. Por lo tanto la reducción o simplificación es la siguiente: diferenciaré entre positivistas y iusnaturalistas, como aquellos que no creen en la existencia de un Derecho Natural y lo que si creen en él, respectivamente.

Para el positivismo no existe más derecho que el que el legislador ha establecido. Tiene una concepción del hombre como un ser inmerso en lo real y determinado por él. Lo fundamental para el positivismo es la realidad sensible, es decir, el mundo de los fenómenos y de las cosas que constituye el único objeto posible de nuestro conocimiento y en él se encuentra el origen, la razón de su validez y el criterio de la verdad de todo conocimiento. El conocer no es más que un proceso de recepción a través de nuestros sentidos de las imágenes, objetos, sensaciones, es más, la conciencia misma está constituida tan solo por el conjunto de estas representaciones y los modos psicológicos de su representación.

Norberto Bobbio distingue tres aspectos del positivismo:
1º) Distinción entre el ser y el deber ser, es decir, el "ser" puede identificarse con los hechos y el "deber ser" con los valores. El positivismo se centra en los hechos, excluyendo los valores, por lo que se centra en el "ser". Distinción, por lo tanto, entre el orden jurídico ideal (derecho natural) y el orden jurídico real (positivum), siendo así el positivismo la actitud científica según la cual sólo puede ser objeto de conocimiento científico el derecho positivo.
2º) Teoría General del Derecho de la que se derivan planteamientos en relación con el método de creación, aplicación e interpretación de las leyes. El Derecho aparece así caracterizado por su origen estatal y por ir acompañado de sanciones de fuerza (naturaleza coactiva).
3º) Positivismo como una ideología, que suele presentar dos versiones, una más radical que dice que el Derecho representa el criterio de lo justo y de lo injusto, de donde se deduce una obligación moral incondicionada de obediencia al Derecho; la otra, más moderada, sostiene que el Derecho, por el mero hecho de ser un orden regular de convivencia garantiza ciertos valores morales como la seguridad, la certeza, la paz, etc. Como todos los ordenamientos garantizan por igual esos valores se deduce de aquí una obligación "prima facie" de obediencia al Derecho.

El iusnaturalismo, en general, sostiene al menos estas dos afirmaciones:
1ª) Además del derecho positivo, existe el Derecho Natural.
2ª) El Derecho Natural es superior al derecho positivo.

Entre los iusnaturalistas no existe una total uninimidad, lo que les unifica a las diferentes corrientes es el método racional que les permite reducir derecho y moral a una acción demostrativa. El Derecho Natural moderno es un derecho racional, lo que caracteriza al movimiento iusnaturalista no es su objeto sino el modo de abordarlo, su principio metodológico. El empeño de los autores iusnaturalistas modernos es construir una ética racional definitivamente desprendida de la teología y capaz de garantizar la universalidad de los principios de la conducta humana, al contrario que algunos antiguos iusnaturalistas que hablan del Derecho Natural como aquel derecho otorgado por Dios a los hombres (distinguiendo a su vez entre racionalistas o voluntaristas).

Muchos iusnaturalistas sostiene en aforismo "Ubi societas, ibi ius" (donde hay sociedad hay derecho), identificando la sociedad humana con la sociedad organizada políticamente, predicando la naturalidad de la sociabilidad, es la ley constante de la naturaleza o la forma necesaria de nuestra existencia. Sus detracctores consideran por el contrario que la existencia de derecho y poder político es un fenómeno histórico. El derecho y el poder tuvieron un origen. Sus manifestaciones, las formas jurídico-políticas, son históricas y cambiantes, y también lo son el derecho y el poder político mismos. Lo achacan (entre otras) a una consecuencia del pensamiento que produce el "horror al vacío de derecho".

La Declaración de los Derechos Humanos reconocidos por la Asamblea de las Naciones Unidas, es el resultado del iusnaturalismo de postguerra (de la Segunda Guerra Mundial, se entiende), ya que en esta época se produce un resurgir del iusnaturalismo frente al alejamiento del positivismo, identificado éste con el régimen Nazi como consecuencia de las atrocidades cometidas por el nacionalsocialismo (y no sólo por él) y la justificación empleada por altos cargos del Gobierno Nazi, o simplemente por el conjunto de la nación, ya que ellos simplemente cumplían con el derecho, que siempre es justo y el deber de obediencia a éste. Para los iusnaturalistas esta Declaración es el arquetipo del reconocimiento de la existencia de unos derechos que le son inalienables e inherentes al ser humano por el simple hecho de serlo. Para aquellos que no creen en la existencia del Derecho Natural no supone más que un pacto que reconoce unos valores, principios y derechos creados por el hombre.

En resumen, la existencia del Derecho Natural puede ser más que nada una cuestión de creencia. ¿Es lo justo variable?, ¿tiene un hombre verdaderamente derecho a la vida? ¿está obligatoriamente unido la idea de si existe el Derecho Natural, éste tiene que haber sido dado por Dios al hombre? Todo creo que se simplifica en la imposibilidad del conocimiento absoluto sobre bien y el mal, sobre la justo y lo injusto. Que hoy se tenga una percepción distinta de lo que se tiene de lo que creemos como derechos naturales, o el hecho de saber que en un futuro variarán, no hace sino plantearnos sino será simplemente una convención entre los seres humanos para una conviencia más o menos pacífica. Por lo menos para mí, es una cuestión de fe en esos Derechos, porque el simplemente hecho de que alguien pacte que matar a todos aquellos que tengan los ojos claros, sea conforme a derecho, me produce escalofríos. Por eso es una cuestión de fe.

Comments:
La justicia, como principio, no es variable. Los que vamos cambiando somos nosotros.

La ley buena es aquella que no me mata y me permite ser feliz.

El problema es que ni el hombre ni las palabras son afilados cuchillos que penetran en la realidad.
 
°Pagina de burbujas?? eiinnn??
°Todo eso lo has escrito tú??? :O
 
sí, todo eso lo he escrito yo, pero bueno, claramente influenciado por el examen de Filosofía del Derecho que tengo el lunes...

lo desfasado... estoy haciendo la lista.
 
uuuff..que espeso..no he podido acabarlo
 
uuuff..que espeso..no he podido acabarlo, suertee!
 
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